Artículo UNICO
"Artículo único.- Concédese amnistía al teniente de Carabineros don Joaquín Izquierdo Orellana, por el delito de violencia innecesaria en la persona de don Francisco Conejera Núñez, a que fué condenado por sentencia de la Corte Marcial de Santiago, de fecha 29 de Diciembre de 1953".
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