Artículo UNICO
"Artículo único.- Autorízase la erección de un monumento en la capital, a la memoria del ex comandante del Cuerpo de Bomberos de Santiago, don Alfredo Santa María Sánchez, en el lugar que designe el Presidente de la República. Su costo se hará por suscripción popular. Tendrá a su cargo la realización de esta obra, una Comisión integrada por el Superintendente, el Comandante y el Tesorero General del Cuerpo de Bomberos de Santiago, el Director de la 5a. Compañía de esa misma Institución y un representante de la Municipalidad de Santiago".
