FIJA PLAZO EN QUE OFICIALES DE ARMAS Y LOS EMPLEADOS
MILITARES, NAVALES Y DE AVIACION QUEDARAN COMPRENDIDOS
EN RETIRO ABSOLUTO
Ley 11156 · 4 artículos · Versión BCN: 1953-02-21 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1.o Los Oficiales de Armas y de los Servicios, Empleados Militares, Navales y de Aviación quedarán comprendidos en el retiro absoluto al cumplir 35 años de servicios efectivos como Oficiales o Empleados. No obstante, el Presidente de la República podrá rechazar las solicitudes de retiro de los Oficiales Generales que desempeñen las funciones de Comandantes en Jefe, pudiendo mantenerlos en servicio por un período no mayor de los 40 años.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2.o Los Coroneles, Capitanes de Navío y Comandantes de Grupo, de Armas y de los Servicios, al cumplir dos años en el grado, deberán elevar su solicitud de retiro, y será facultad del Presidente de la República dar o no lugar al retiro.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3.o Introdúcense las siguientes modificaciones a los artículos que se indican de la ley 7,161: 'Artículo 15 Sustitúyense las palabras 'durante los dos últimos años' por las siguientes: 'durante todo el tiempo servido en el grado de Coronel'; Artículo 25 Sustitúyese las palabras 'durante los dos últimos años' por las siguientes: 'durante todo el tiempo servido en el grado de Coronel de Intendencia o Coronel Cirujano en su caso'; Artículo 33 Sustituir la frase 'y estar clasificado en los dos últimos años en la lista N.o 1' por estar clasificado en lista N.o 1 durante el tiempo servido como Capitán de Navío Ingeniero'; Artículo 43 Sustituir la frase 'y estar clasificado en los dos últimos años en la lista N.o 1' por 'estar clasificado en lista N.o 1 durante todo el tiempo servido como Capitán de Navío Ingeniero'; Artículo 50 Sustituir la frase 'y estar clasificado en los dos últimos años en la lista N.o 1' por 'estar clasificado en la lista N.o 1 durante todo el tiempo servido como Capitán de Navío Defensa de Costa'; Artículo 58 Sustituír la frase 'y haber sido clasificado en los dos últimos años en la lista N.o 1' por 'estar clasificado en lista N.o 1 durante todo el tiempo servido como Capitán de Navío Contador'; Artículo 65 Sustituír la frase 'y haber sido clasificado en los dos últimos años en lista N.o 1', por 'estar clasificado en lista N.o 1 durante todo el tiempo servido como Capitán de Navío Cirujano'; Artículo 74 Sustituír las frase 'durante los dos últimos años' por 'durante todo el tiempo servido en el Grado de Comandante de Grupo'; Artículo 84 Sustituír la frase 'durante los dos últimos años' por 'durante todo el tiempo servido en el grado de Comandante de Grupo (R. T.)'; Artículo 92 Sustituír la frase 'durante los dos últimos años' por 'durante todo el tiempo servido en el grado de Comandante de Grupo Contador'; Artículo 97 Sustituir la frase 'durante los dos últimos años' por 'durante todo el tiempo servido en el grado de Comandante de Grupo Cirujano'; Artículo 158 Sustituír el inciso primero por el siguiente: 'A los Oficiales de Sanidad, Sanidad Dental, Farmacia y Veterinaria, que hubieren desempeñado cargos con título profesional, como Subtenientes, individuos de Tropa o como contratados a honorario, les será computado todo el tiempo servido en las mencionadas calidades para los efectos de cumplir con los requisitos de tiempo para los ascensos que les corresponda'. Artículo 159 Suprimir el punto final y agregar la siguiente frase: 'o en otros escalafones de las Fuerzas Armadas'.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4.o Autorízase al Presidente de la República para refundir en un solo texto la ley N.o 7,161, con sus modificaciones posteriores, dándole a dicho texto refundido numeración de ley.