Artículo UNICO
Artículo único. Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales, y abónanse en la hoja de servicios del señor Alfredo Díaz Chacana, 8 años, 1 mes y 27 días servidos como Subdelegado Marítimo de Papudo, desde el 1.o de Enero de 1932 hasta el 28 de Febrero de 1940.
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