Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a los hijos menores del ex Guardián 2.o del Senado, don Juan Olmedo Carvajal, una pensión de un mil pesos mensuales, con derecho a acrecer. El gasto que significa la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el 'Diario Oficial'.
📜 Texto Legal Técnico
