Artículo UNICO
"Artículo único.- Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto de Hacienda N° 2,772, de 18 de Agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución, a dos laboratorios completos y una óptica con sus accesorios adquirida por el Instituto de Humanidades "Miguel León Prado", de Linares, de la firma Phywe A. G. de Goetingen, Alemania, embalada en siete bultos con peso de 357 Kgs. neto y 673 Kgs. bruto, embarcada en el vapor "Brandestein", que salió de Hamburgo hacia Valparaíso el 14 de Diciembre de 1954. Si dentro del plazo de diez años, contados desde la publicación de la presente ley, se enajenaren, a cualquier título, los elementos objeto de esta liberación, deberán integrarse en arcas fiscales los impuestos y derechos de cuyo pago esta ley libera, quedando solidariamente responsables de ello las entidades o personas que intervinieron en los actos o contratos respectivos."
