Artículo UNICO
"Artículo único.- Agrégase en el artículo 5° de la ley N° 20.063, el siguiente inciso final, nuevo: "Facúltase al Ministro de Hacienda para incrementar el Fondo en US$ 200 millones, mediante una o más transferencias de recursos existentes en el Fondo de Estabilización Económica y Social, creado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, del Ministerio de Hacienda.".
📜 Texto Legal Técnico
