Artículo UNICO
"Artículo único.- Declárase, para todos los efectos legales, y en especial para lo establecido en el artículo 44° del decreto con fuerza de ley N° 209, de 5 de Agosto de 1953, que el fallecimiento del Comandante de Escuadrilla de Armas, Rama del Aire, de la Fuerza Aérea de Chile, don Oscar Muñoz Constant, ocurrió a consecuencia de un acto determinado del servicio. El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
