Artículo UNICO
"Artículo único. Libérase el pago de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto número 2,772, de 18 de Agosto de 1943, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por las Aduanas, la internación del siguiente material importado por las Escuelas Profesionales Salesianas "La Gratitud Nacional", para el uso de sus talleres de enseñanza, llegados a la Aduana de Valparaíso en el vapor "Olav Bakke": Instrumentos de precisión consistentes en 28 micrómetros exteriores con patrones de verificación en estuches; 3 micrómetros interiores en estuches; 2 equipos calibradores "Súbito", en caja; 26 pie de rey y 5 comparadores de esfera, todo ello conforme a los detalles de la factura E 2214 de la firma vendedora August Steinmeyer, Alemania, y contenido en una caja marcada LGN 503, con peso bruto aproximado de 71,7 Kgs. bruto. 300 metros (3 rollos) de sierras de cinta para metales flexibles, N° 1,435, de 20x0,8 mm., 12 dientes y 400 metros (4 rollos), id. de 25x0,9 mm., 10 dientes, según factura N° 40455, de la firma Friedrich Dick, Alemania, licencia de importación N° 04222, de 29 de Agosto de 1955, contenido en una caja marca E. P.S. 323/1, con peso bruto aproximado de 119 Kgs. 3.880 piezas de hojas de sierra para metales, según dimensiones señaladas en factura N° 404/55, de la firma Friedrich Dick, Alemania, correspondientes a licencia de importación N° 04222, de 29 de Agosto de 1955, contenidas en dos cajas marca E.P.S. 323/2, con peso bruto aproximado de 76 Kgs. y E.P.S. 323/3, con peso bruto aproximado de 92 Kgs., respectivamente. Si dentro del plazo de diez años, contados desde la internación de los materiales a que se refieren los incisos anteriores fueren ellos enajenados a cualquier título o se les diere un destino diferente del específico, deberán enterarse en arcas fiscales los derechos e impuestos de cuyo pago esta ley libera, quedando solidariamente responsables de ello las personas o entidades que intervinieren en los actos o contratos respectivos".
