Artículo UNICO
Artículo único. Autorízase a la I Municipalidad de Nacimiento para que suplemente el ítem 24-c "Alumbrado Público y Dependencias" de su Presupueso de Egresos Ordinarios vigente, en la cantidad de $ 82.158, saldo de la cuenta corriente a su favor en la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, quedado como remanente de la contribución de uno y medio por mil sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Nacimiento, establecida en el artículo 3° de la ley 10.043, de 6 de noviembre de 1951, despúes de pagado el empréstito que autorizó dicha ley.
