Artículo UNICO
Artículo único. Autorízase a la Municipalidad de Chimbarongo para transferir gratuitamente al Cuerpo de Bomberos de Chimbarongo el inmueble de su propiedad ubicado en calle Carmen Larraín, cuyos deslindes especiales son los siguientes: al Norte, en cuarenta metros, con don Jeremías Quitral Carcés, al Sur, en cuarenta metros, con calle Carmen Larraín; al Oriente, en cuarenta metros, con propiedad de la Municipalidad de Chimbarongo, y al Poniente, en cuarenta y dos metros, con propiedad de don Roberto Pardo Lizana. El predio citado fue adquirido por la Municipalidad de Chimbarongo, en mayor extensión, por escritura de 20 de febrero de 1933, ante el notario de San Fernando don Cicerón Vargas, reemplazante del titular don Ignacio García, y su título se encuentra inscrito a fojas 39, número 69, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces del departamento de San Fernando, correspondiente al año 1933. La faja de terreno total se encuentra inscrita en el Rol de Avalúos de la comuna con el número 26. El Cuerpo de Bomberos de Chimbarongo deberá destinar el inmueble que se autoriza transferir por la presente ley a la construcción de un edificio para instalar su Cuartel y las dependencias que le sean necesarias. En caso de que el predio individualizado en el inciso 1° se destinare a fines diversos de los señalados en el inciso anterior, o si, en el plazo de cinco años no se iniciare la construcción respectiva o si dejare de tener existencia legal la institución beneficiada, el referido inmueble volverá al dominio de la Municipalidad de Chimbarongo.
