Artículo UNICO
"Artículo único, Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de treinta y un millones trescientos mil pesos ($ 31.300.000) en el pago de las deudas pendientes por conceptos de publicaciones electorales por los años 1956, 1957 y 1958. Impútese el gasto a los fondos consultados en el ítem 08|03|04-v-3 del Presupuesto vigente".
📜 Texto Legal Técnico
