Artículo UNICO
"Artículo único, Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto de Hacienda 2.772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución, a los siguientes vehículos motorizados llegados a Valparaíso para el Seminario Franciscano de San Francisco de Mostazal: Un camión "Fargo" modelo Fc-I-HA6-171" con cabina, motor T-344- 13389, Serial 82633000 con peso bruto de 2.273 kilos, llegado a Valparaíso en abril de 1955, procedente de Nueva York en el vapor "Nicolaos", y Un "Kombi-Wagon" marca Volkswagen, motor N° 20-065390, chassis 200113-920 con peso bruto de 970 kilos, llegado a Valparaíso en marzo de 1955, procedente de Hamburgo en el vapor "Olav Bakke". Si dentro del plazo de diez años, contado desde la publicación de la presente ley, se enajenaren a cualquier título las especies liberadas por los incisos anteriores, o se les diere otro destino diverso al específico, deberán enterarse en arcas fiscales los derechos e impuestos de cuyo pago esta ley libera, quedando solidariamente responsables de ello las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos".
