AUTORIZA LA EMISION DE ESTAMPILLAS POSTALES Y AREAS
HASTA POR LA CANTIDAD QUE INDICA, DESTINADA A CONMEMORAR
LA EXPEDICION REALIZADA, EN 1557, POR JUAN LADRILLERO Y
EL CINCUENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DE DON DIEGO BARROS
ARANA, DE LA CUAL LA SOCIEDAD CHIELAN DE HISTORIA Y
GEOGRAFIA INVERTIRA LA CANTIDAD QUE SEÑALA EN LOS FINES
QUE MENCIONA.
Ley 12930 · 4 artículos · Versión BCN: 1958-08-26 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para que disponga una emisión de estampillas postales y aéreas hasta por la cantidad de doscientos millones de pesos, destinada a conmemorar la expedición realizada, en 1557, por Juan Ladrillero y el cincuentenario del fallecimiento de don Diego Barros Arana.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2° Las características de las estampillas, que serán sólo de dos tipos diversos, tanto en las postales como en las aéreas, se determinarán por la Dirección General de Correos y Telégrafos, oyendo a la Sociedad Chilena de Historia y Geografía.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3° Los primeros cincuenta millones de pesos que produzca esta emisión serán entregados por el Tesorero General de la República a la Sociedad Chilena de Historia y Geografía, para cuyo efecto abrirá una cuenta especial, y el saldo será de beneficio fiscal.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4° La referida Sociedad invertirá la cantidad mencionada en los siguientes fines: a) Hasta $ 15.000.000, en la adquisición de un bien raíz par su sede social y alhajamiento de ésta. La propiedad raíz no podrá ser gravada ni enajenada sin autorización del Presidente de la República; b) En la redacción y publicación de un Diccionario Biográfico de Chile y de una Geografía descriptiva de Chile, y c) En la publicación de la Revista Chilena de Historia y Geografía."