Artículo 1
"Artículo 1.o Agrégase en el inciso primero del artículo 3.o de la ley N.o 7,368, de 20 de Noviembre de 1942, después de las palabras "el Rector de la Universidad de Chile", las siguientes: "un representante de la Academia Chilena de la Lengua". Reemplázase en el mismo inciso, la frase: "un representante elegido por la Sociedad de Escritores de Chile", por esta otra: "dos representantes elegidos por la Sociedad de Escritores de Chile"; y Agrégase al final de dicho inciso, en punto seguido, la frase siguiente: "Todas estas designaciones se harán anualmente".
