Artículo UNICO
"Artículo único. Autorízase a la Municipalidad de Freirina para enajenar, en venta directa a sus actuales ocupantes o a aquellos que determine por acuerdo de los dos tercios de los regidores en ejercicio, en las condiciones que fije la Corporación, las siguientes propiedades de esa comuna: a) Propiedad municipal, ubicada en calle Pisagua s/n., rol 110, inscrita con el número 31, a fojas 41 vuelta del año 1942, en el Conservador de Bienes Raíces de Freirina, dividida en dos lotes con la siguiente cabida: el primero con 29 metros de frente por 37 de fondo, y el segundo con 33 metros de frente y 25 de fondo. b) Propiedad municipal ubicada en calle Río de Janeiro s/n., rol 156, inscrita con el número 29, a fojas 39 vuelta del año 1942, en el conservador de Bienes Raíces de Freirina, dividida en dos lotes con la siguiente cabida: 31,50 metros de frente por 70 metros de fondo cada uno. c) Propiedad municipal, ubicada en calle Río de Janeiro s/n., rol 158, inscrita con el número 28 a fojas 39 vuelta del año 1942, en el Conservador de Bienes Raíces de Freirina, dividida en dos lotes con la siguiente cabida: el primero con 20 metros de frente por 70 de fondo; y el segundo con 23 metros de frente por 70 metros de fondo."
