Artículo 1
"Artículo 1° La Corporación de la Vivienda entregará, a título gratuito, a Julia San Martín Chamorro viuda de Juan Antonio Sapúlveda Encina; María Isabel Peña Valenzuela viuda de Manuel Verdugo Cáceres; José del Carmen Tapia y Celsa Gómez Fierro, padres del pescador Luis Alfredo Tapia Gómez; María Mercedes Lagos Lagos, viuda de Nieves Segundo Vergara Bahamondes e Isolina Salgado Albornoz, abuela del pescador Aníbal Salgado Salgado; deudos de las víctimas de la catástrofe ocurrida en la barra del río Maule el 4 de septiembre de 1959, una casa habitación de las que dicha Corporación consulte en la ciudad de Constitución.
