AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA PARA ENTREGAR A LA SOCIEDAD DE ARTESANOS LA UNION, DE CHILLAN, A LOS TALLERES SALESIANOS, DE TALCA, Y A LA SOCIEDAD "LORENZO ARENAS", DE CONCEPCION, LAS SUMAS QUE INDICA PARA QUE PROCEDAN A LA RECONSTRUCCION DE SUS RESPECTIVOS EDIFICIOS
Ley 13596 · 2 artículos · Versión BCN: 1959-11-20 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
"Artículo 1° La Corporación de la Vivienda entregará a las instituciones que se indican las siguientes cantides: 1°.- Para la reconstrucción del edificio de la Sociedad de Artesanos de "La Unión", de Chillán __________________ $ 20.000.000 2°.- Para la reconstrucción del edificio de los Talleres Salesianos de Talca ______ 18.000.000 3°.- Para la reconstruir el edificio de la Sociedad "Lorenzo Arenas", de Concepción _______________ 15.000.000 ------------- $ 53.000.000 =============
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2° El gasto que significa esta ley se imputará a los remanentes de fondos acumulados en los presupuestos de la Corporación de la Vivienda de los años 1956, 1957 y 1958, correspondientes a aportes sin girar, quedando sin efecto todo otro destino para estos fondos que no sean los indicados en el artículo 1° de esta ley".