Artículo UNICO
"Artículo único. El Grupo Escolar formado por las Escuelas N.os 1 y 2, de Hombres y Mujeres, respectivamente, de la ciudad de Lautaro, se denominará desde la publicación de la presente ley, "Grupo Escolar Pedro Aguirre Cerda".
📜 Texto Legal Técnico
