Artículo 1
"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para no aplicar el artículo 32 del decreto con fuerza de ley número 206, de 1960, respecto de los terrenos sin utilización por el cambio de trazado del camino de Villarrica a Calafquén, ubicados en el lugar denominado "Pucara", de la comuna y departamento de Villarrica, provincia de Cautín, de una extensión de 3.810 metros cuadrados aproximadamente, con los siguientes deslindes: Norte, con propiedades de Edelmira Valenzuela y otros; Sur, con camino público actual; Este, con camino público actual y terrenos de la Sucesión de Alberto Rosas Quinchuyante, y Oeste, con terrenos de propiedad de Domingo del Valle y terrenos de Clemente Félix Rend.
