Artículo 1
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Valparaíso para donar a la Sociedad Unión Mutualista de Ambos Sexos un terreno de su propiedad ubicado en el Cerro Polanco de dicha ciudad, calle Ureta números 431 y 439.
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO PARA DONAR A LA SOCIEDAD UNION MUTUALISTA DE AMBOS SEXOS, EL TERRENO DE SU PROPIEDAD QUE SEÑALA
Ley 14006 · 4 artículos · Versión BCN: 1960-09-06 · Ver en LeyChile ↗
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Valparaíso para donar a la Sociedad Unión Mutualista de Ambos Sexos un terreno de su propiedad ubicado en el Cerro Polanco de dicha ciudad, calle Ureta números 431 y 439.
Artículo 2° El inmueble cuya donación se autoriza es parte de uno de mayor extensión que se encuentra inscrito a fojas 1,625 vta., N° 2,083, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso correspondiente al año 1957, y tiene los siguientes deslindes y dimensiones particulares: Norte, en 16,20 metros con pasaje de por medio con propiedad municipal; Sur, en 16,50 metros con calle Fuentecilla; Oriente, en 9,90 metros con propiedad del señor Colombo Solari, y, Poniente, en 13,50 metros con calle Ureta.
Artículo 3° La donación a que se refiere esta ley estará exenta del trámite de la insinuación y la Sociedad Unión Mutualista de Ambos Sexos destinará el inmueble en referencia al funcionamineto permanente de una Escuela diurna y nocturna, que se denominará "Fermín Vivaceta".
Artículo 4° Si por cualquier causa la Sociedad no destinare el predio en referencia a los fines indicados en el artículo anterior, la transferencia quedará resuelta de pleno derecho y el inmueble volverá al dominio de la Municipalidad de Valparaíso".