"Artículo 1° Autoriza a la Municipalidad de Nacimiento para que transfiera a título gratuito al Fisco el dominio del terreno de que es propietaria, ubicado en esa comuna, inscrito a fojas 115 vuelta, bajo el número 233, del Registro de Propiedad respectivo, del año 1942, y que figura en el rol de avalúos bajo el N° 76, y que tiene los siguientes deslindes: Norte, calle Freire; Sur y Poniente, propiedad de Clemente Rodríguez; Oriente, con calle Baquedano, con una superficie de 1.560 m2., comprendiendo la parte edificada y el sitio correspondiente.
Artículo 2° La transferencia que se autoriza en al artículo anterior se hace con el exclusivo objeto de que el inmueble sea destinado a la construcción de un edificio para el funcionamiento de las oficinas públicas, tanto fiscales como municipales. El Fisco transferirá posteriormente en dominio a título gratuito a la Municipalidad de Nacimiento la parte del edificio que se construya para las oficinas municipales, la que oportunamente se determinará por un decreto supremo que se reducirá a escritura pública.
Artículo 3° Si la construcción a que se refiere esta ley no se iniciare dentro del plazo de dos años contados desde su publicación, la transferencia se entenderá resuelta por el solo ministerio de la ley".