Artículo UNICO
"Artículo único. Aclárase la ley N.o 13,201, de 8 de Noviembre de 1598, en el sentido de que la frase: "y para todos los efectos legales", que ahí figura, comprende también los beneficios de trienios y quinquenios y demás de que gozan los empleados de las instituciones semifiscales."
📜 Texto Legal Técnico
