Artículo UNICO
"Artículo único. Desaféctase de su calidad de bien nacional de uso público y autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente al Cuerpo de Bomberos de Puerto Montt, el sector de la calle Chillán, de dicha ciudad, entre las calles Urmeneta y Varas, comprendido entre los siguientes deslindes: Norte, propiedad del señor Arturo Pabst y calle Urmeneta, calle Antonio Varas; Este, Escala calle Chillán, y Oeste, propiedad del señor Otto Hardessen. En el sitio que se transfiere al Cuerpo de Bomberos de Puerto Montt deberá construirse el Cuartel de la Quinta Compañía de Bomberos de Puerto Montt".
