Artículo UNICO
"Artículo único. Reconócese al doctor Juan Chiorrini Alveti, ex Jefe Sanitario Provincial de O'Higgins, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, el derecho a rejubilar con la categoría y renta de Jefe de Subdepartamento del Departamento Técnico del Servicio Nacional de Salud; y, asimismo, concédesele el derecho a impetrar los beneficios establecidos en el artículo 132° del decreto con fuerza de ley 338, de 6 de abril de 1960. El mayor gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Ministerio de Hacienda".
