AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR HASTA LA CANTIDAD DE E° 400.000 EN DIVERSAS OBRAS DE ADELANTO LOCAL, CON OCASION DEL CENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA CIUDAD DE ANGOL, DECLARA FERIADO, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES, EL DIA 7 DE DICIEMBRE DE 1962, EN EL DEPARTAMENTO DE NACIMIENTO Y EN LA PROVINCIA DE MALLECO.
Ley 14997 · 5 artículos · Versión BCN: 1962-11-15 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cuatrocientos mil escudos (E° 400.000), con ocasión del Centenario de la fundación de la ciudad de Angol, en las obras que a continuación se señalan: a) Terminación del Gimnasio Cubierto y mejoramiento del Estadio ________________E° 90.000 b) Terminación del Teatro Municipal ________ 50.000 c) Terminación del edificio del Hogar Infantil (Escuela N° 22) ________________ 40.000 d) Terminación de las obras de mejoramiento del Aeródromo "Los Confines", incluyendo la pavimentación con macadam del camino que le da acceso ________________________ 50.000 e) Terminación del edificio del "Centro de Educación y Recuperación Infantil", que el Comité Local de la Junta de Beneficencia Escolar de Angol construye en calle Vergara N° 430 _________________ 30.000 f) Pavimentación de aceras en el Barrio "El Cañón", en las nuevas poblaciones del barrio "Guacolda" y en el pueblo de Huequén _________________________________ 20.000 g) Ampliación de la red de agua potable y alcantarillado en los barrios de la ciudad de Angol que carezcan de estos servicios y, en especial, en los barrios mencionados en la letra anterior ________ 20.000 h) Terminación del Cuartel de Bomberos _____ 20.000 i) Terminación de la plazoleta "Centenario", frente al edificio Municipal, incluyendo la colocación en ella de una placa recordatoria de la Fundación de Angol y de su inauguración ______________________ 10.000 j) Aporte a la Fundación de Viviendas y Asistencia Social para otorgar préstamos en materiales a los propietarios de sitios, de escasos recursos, de la comuna de Angol para construir o mejorar sus habitaciones, con un máximo de 300 escudos para cada uno, debiendo preferirse a quienes tengan cargas familiares ______________________________ 30.000 k) Pavimentación de las calles "Campo de Marte", "Chacabuco" y "Ocalindo", entre Campo de Marte y Chacabuco ______________ 40.000
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2° La Tesorería General de la República pondrá la suma de trescientos sesenta mil escudos (E° 360.000) a disposición del Ministerio de Obras Públicas para los fines señalados en las letras a), b), c), d), e), f), g), h) y k) del artículo 1°. Los saldos no autorizados ni girados al 31 de diciembre de 1962 no pasarán a rentas generales y se mantendrán en una cuenta de reserva hasta su total inversión. La Dirección de Arquitectura deberá ejecutar las obras contempladas en las letras a), b), c), e) y h) del artículo 1°; la Dirección de Vialidad, las obras que se mencionan en la letra d); la Dirección de Pavimentación Urbana, las obras a que se refiere la letra f) sin costo alguno para los propietarios de bienes raíces cuyo avalúo fiscal no exceda de E° 1.000, y la Dirección de Obras Sanitarias, las obras a que se refiere la letra g).
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3° La Tesorería General de la República pondrá a disposición de la Municipalidad de Angol la suma de diez mil escudos (E° 10.000) para que a través de propuestas públicas ejecute las obras señaladas en la letra i) del artículo 1°. Con cargo a la letra i) podrá imputar hasta la suma de tres mil escudos (E° 3.000) en financiar un programa de festejos populares con ocasión de la celebración del Centenario de la fundación de Angol.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4° El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al mayor ingreso que produzca durante el presente año la cuenta A-35-e).
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 5
Artículo 5° Declárase, para todos los efectos legales, feriado en el departamento de Nacimiento y en la provincia de Malleco el día 7 de diciembre de 1962".