Artículo UNICO
"Artículo único. Condónanse las deudas de pavimentación que afecten a los propietarios del pueblo de El Palqui, de la comuna de Montepatria, departamento de Ovalle, provincia de Coquimbo, cuyas propiedades quedarán bajo aguas con motivo de la construcción del tranque "La Paloma", como asimismo los intereses, sanciones penales y multas en que hubieren incurrido. Igualmente, quedarán liberados para el futuro de todo pago por estos conceptos. Para los efectos a que se refiere esta ley, la Dirección de Riego del Ministerio de Obras Públicas procederá a enviar de oficio a la Dirección General de Pavimentación una nómina de las propiedades que se encuentren en la situación contemplada en el inciso 1°".
