DESTINA FONDOS PARA ATENDER A LA CONSTRUCCION DE LAS
OBRAS DEL PUERTO DE ARICA Y A LA JUNTA DE ADELANTO DE
ARICA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES LEGALES.
Ley 15227 · 3 artículos · Versión BCN: 1963-07-30 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
"Artículo 1° Supleméntase el ítem 12/09/101.1 del Presupuesto de Capital de la Dirección de Obras Portuarias del Ministerio de Obras Públicas, correspondiente al año en curso, en la cantidad de E° 2.900.000, con el objeto de atender a la construcción de las obras del Puerto de Arica.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2° El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se cargará al rendimiento del impuesto establecido en el artículo 169° de la ley 13.305, modificado por el artículo 10° de la ley 14.999 y por los artículos 9° y 10° de la ley 15.077, de 17 de diciembre de 1962, facultándose al Presidente de la República para decretar la disposición de estos fondos sin necesidad de acreditar el rendimiento de dichas leyes.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3° Destínase en forma extraordinaria y por el curso del presente año la suma de E° 550.000 para que la Junta de Adelanto de Arica los destine al cumplimiento de sus fines legales. Esta suma no estará afecta a las obligaciones establecidas en las letras c), d) y e) del artículo 7° de la ley 13.039, y en el inciso 1° del artículo 4° de la ley 14.824".