Artículo UNICO
"Artículo único. Con cargo a los aportes que haga el Estado al Presupuesto de Capital de la Dirección de Pavimentación Urbana, se repavimentará de preferencia la Avenida La Estrella de la comuna de Barrancas, departamento de Santiago, en un sector que comprenda tres cuadras, a contar desde la calle San Pablo. Para dichos efectos, se incluirá en el Programa correspondiente del año 1964, la ejecución de las obras respectivas".
📜 Texto Legal Técnico
