Artículo UNICO
"Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para que desafecte de su condición de bienes nacionales de uso público y los destine a bienes fiscales, los Pasajes Sarmiento y Don Bosco, ubicados en la ciudad de Valparaíso, de la comuna, departamento y provincia del mismo nombre, que tienen las siguientes cabidas y deslindes: Pasaje Sarmiento: de una superficie de quinientos veintiséis metros cuadrados cuarenta centímetros cuadrados (526,40m2.) y que deslinda: Norte, calle Sarmiento, en 8,10 metros; Este, propiedad fiscal, en 66,45 metros, ocupada por el Liceo de Niñas N° 1; Sur, Pasaje Don Bosco, en 8 metros, y Oeste, propiedades particulares, en 66,40 metros. Pasaje Don Bosco: de una superficie de setecientos noventa y seis metros cuadrados ochenta centímetros cuadrados (796,80m2.) y que deslinda: Norte, con propiedades particulares, en 41,75 metros; Pasaje Sarmiento, en 8 metros, y propiedad fiscal, en 44,50 metros, ocupada por el Liceo de Niñas número 1; Este, con propiedad de la Congregación Salesiana, en 8,30 metros; Sur, con propiedad fiscal, en 93,30 metros, ocupada por el Liceo de Niñas N°1, y Oeste, con Avenida Argentina, en 8,50 metros".
