Artículo 1
"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, a la Asociación de Boy Scouts de Chile, Directorio Local de Talcahuano, el predio fiscal de forma irregular y superficie aproximada de mil trescientos cuarenta y siete metros veinticinco centímetros cuadrados, ubicado en esa ciudad, en la manzana comprendida entre las calles Colón, Avenida Blanco Encalada, Baquedano y Angamos y que mide y deslinda en particular: al Norte, con Eleazar Larrea, en línea quebrada de veintiocho metros noventa centímetros; al Sur, con predio de la Cruz Roja Chilena, en veintisiete metros y con Eleazar Larrea, en veinticinco metros; al Oriente, con Avenida Blanco Encalada, en veinte metros cincuenta centímetros, y al Poniente, con predio de la Sucesión Caprile y E. Vásquez, en cuarenta y dos metros. El predio objeto de esta transferencia se encuentra inscrito a nombre del Fisco a fojas quinientos cuarenta, número setecientos cuarenta y uno del Registro de Propiedad del notario y Conservador de Bienes Raíces del departamento de Talcahuano correspondiente al año 1963. El predio mencionado será destinado exclusivamente a la construcción del Hogar Social Scoutivo.
