Artículo UNICO
"Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para adquirir de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y a esta Institución para venderle, las oficinas signadas con los números 205 al 233, ambos inclusives, del inmueble situado en Santiago, calle Huérfanos N° 1117, en que funciona el Anexo de la Biblioteca del Congreso Nacional. Esta adquisición se efectuará para destinar dichas oficinas al mismo uso que actualmente tienen y el gasto que signifique se imputará al mayor ingreso que se produzca en la cuenta "A - 63 -d" del Cálculo de Entradas del Presupuesto Nacional, y sin sujeción a las limitaciones establecidas en la ley 4.174 y sus modificaciones posteriores".
