Artículo UNICO
"Artículo unico.- En la pista alta de velocidad que se construye en el tramo del camino de Arica a Quellón, a que se refiere el artículo 6° de la ley 12.954, denominado camino de Ochagavia, ubicado en el departamento Pedro Aguirre Cerda, deberán construirse dos pasos sobre nivel que permitan las conexiones de la Octava Avenida con la calle Petrohué y la calle La Marina con la población Ochagavía. Dichos pasos deberán tener, a lo menos, 9 metros de ancho. Deberá construirse también un paso sobre nivel en el camino a la salida norte de la ciudad de Copiapó".
