Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional para transferir, a título gratuito, a la Municipalidad de Talagante, la franja de terreno ubicada en el interior del Estadio Municipal de dicha ciudad y que adquirió por donación hecha por la misma Municipalidad con el objeto de destinarlo a la construcción de un polígono y cuyos deslindes son: Norte: en trescientos dieciocho metros; Sur: en trescientos dieciocho metros con restos del Estadio Municipal; Oriente y Poniente: en quince metros con el mismo Estadio Municipal, inscrito en el Registro de Propiedad del año 1949, del Conservador de Bienes Raíces de Talagante, a fojas 99, N° 141, Repertorio N° 223.
