Artículo ÚNICO
"Artículo único.- Otórgase la nacionalidad chilena, por especial gracia, al sacerdote irlandés Padre John Joseph Reilly, L.C.". Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
📜 Texto Legal Técnico
