Artículo 1
Artículo único.- Libérase del pago de impuestos de herencia a los bienes muebles e inmuebles, legados por doña Sara Luisa Alarcón García a la institución denominada "Club Social de la Asociación Provincial de Jubilados, Pensionados y Montepíos de Valparaíso", por testamento válidamente extendido, y los cuales consisten en un bien raíz ubicado en Valparaíso, Cerro Playa Ancha, calle Argomedo N° 250, rol 312/11, con un avalúo vigente de E° 888, más todos los bienes muebles que guarnecían su domicilio a su fallecimiento, y los que tenía en su propiedad de calle Doce de Febrero N°75 de la comuna de Limache. Los bienes en referencia, según disposición testamentaria de la causante, deberán destinarse exclusivamente a la construcción de un mausoleo social para la institución.
