Artículo 1
"Artículo único.- Deróganse los artículos 2°. de la ley N°. 6.922, de 19 de Mayo de 1941, y 22°. de la ley N°. 10.343, de 23 de Mayo de 1952."
📜 Texto Legal Técnico
MODIFICA LAS LEYES NºS 6.922 Y 10.343
Ley 16564 · 1 artículos · Versión BCN: 1966-10-24 · Ver en LeyChile ↗
"Artículo único.- Deróganse los artículos 2°. de la ley N°. 6.922, de 19 de Mayo de 1941, y 22°. de la ley N°. 10.343, de 23 de Mayo de 1952."