Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Celia Vargas viuda de O'Donovan una pensión de siete mil pesos ($ 7.000) mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
