Artículo UNICO
Artículo único. Reconócese, por gracia, y para todos los efectos legales y de previsión social, a don Simón Olavarría Alarcón, el tiempo comprendido entre el 1.o de Septiembre de 1918 y el 5 de Julio de 1925 que fue empleado de la Promotora Fiscal del departamento de San Antonio; el tiempo comprendido entre el 15 de Mayo de 1938 y el 17 de Mayo de 1941, que fue regidor de la Municipalidad de San Antonio y el tiempo comprendido entre el 21 de Mayo de 1941 y el 20 de Mayo de 1945 y el comprendido entre el 21 de Mayo de 1949 y el 20 de Mayo de 1953 que fue diputado al Congreso Nacional.
