Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Ana Luisa Acevedo Letelier viuda de Reyes, una pensión de dos mil quinientos pesos ($ 2.500) mensuales. El gasto que signifique el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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