Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a la cantidad de cuatro mil pesos ($ 4.000), la pensión de que actualmente disfruta el ex Viceprimero de Carabineros don Crescenciano Fuentes Escalona. El mayor gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda'.
📜 Texto Legal Técnico
