Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales y abónanse en la hoja de servicios del profesor de Estado don José Luis Duarte Becerra, 3 años que sirvió como Ayudante de Química en el Internado Nacional Barros Arana, desde 1930 a 1933. El mayor gasto que demande la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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