Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Julio Valdés Reyes, una pensión mensual de seis mil pesos ($ 6.000). El gasto que significa el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
