Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a las señoritas Elvira y Elena Díaz Valderrama, una pensión de seis mil pesos ($ 6.000.00) mensuales, por cada una, con derecho a acrecer entre ellas. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
