Artículo 85

Artículo 85Accidentes del Trabajo (16.744)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Modifica la ley 8.198 para dejar libres de derechos de aduana, depósitos e impuestos de importación a los equipos de protección personal, instrumentos de medición de riesgos y equipos médicos o de rayos X recomendados por el Servicio de Salud, salvo que se fabriquen en Chile.

Texto oficial

Artículo 85° Reemplázase el artículo transitorio N° 3° de la ley 8.198, por el siguiente: "Artículo 3° transitorio Los aparatos y equipos de protección destinados a prevenir los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y los instrumentos científicos destinados a la investigación y medición de los riesgos profesionales que el Servicio Nacional de Salud indique, así como también los instrumentos quirúrgicos, aparatos de rayos X y demás instrumentales que sean indicados por dicho Servicio, serán incluidos en las listas de importación permitida del Banco Central de Chile y de la Corporación del Cobre y estarán liberados de depósitos, de derechos de internación, de cualquier otro gravamen que se cobre por las Aduanas y de los otros impuestos a las importaciones, a menos que ellos se fabriquen en el país en condiciones favorables de calidad y precio".

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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