Artículo 1°- Autorízase a la Municipalidad de Viña del Mar para contratar un empréstito de hasta E° 1.600.000, y para tal efecto emitir, de conformidad a los términos de la ley N° 13.364, bonos por el equivalente a aquellas amortizaciones extraordinarias que se produzcan por exceso en el servicio del empréstito autorizado por la ley indicada.
Artículo 2°- El producto del o los empréstitos se invertirá en las siguientes obras: a) Aporte para un plan de pavimentación total de Forestal Alto, de Miraflores Alto, Chorrillos Alto, sector de Las Colinas, de Recreo, Población Los Mayos, Reñaca Alto, Villa Dulce, Nueva Aurora y Villa Montes; b) Para continuar el plan de mejoramiento del alumbrado público mediante la incorporación de todas las poblaciones de los sectores altos; c) Para la dotación de agua potable de los sectores de Achupalas, Reñaca Alto y Santa Julia, Población Forestal Sur, Tranque Sur, Nueva Aurora y Villa Montes, y d) E° 100.000 para la terminación del edificio del Cuerpo de Bomberos de Viña del Mar, los que deberán ponerse a disposición de dicha Institución, y E° 100.000 para la Unión de Obreros Municipales.