Artículo 1
Artículo único.- Reemplázase en el artículo 2°, letra b), de la ley número 14.948, la frase "para la reparación total", por la siguiente: "para la reconstrucción".
📜 Texto Legal Técnico
MODIFICA LA LEY N° 14.948
Ley 16915 · 1 artículos · Versión BCN: 1968-09-06 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Reemplázase en el artículo 2°, letra b), de la ley número 14.948, la frase "para la reparación total", por la siguiente: "para la reconstrucción".