Artículo UNICO
"Artículo único.- El Fisco transferirá a la Municipalidad de Pica el producto que obtenga de la enajenación de la herencia yacente quedada al fallecimiento de doña Filomena Palacios. La Municipalidad deberá destinar estos recursos a la construcción de aceras y su pavimentación y la de las calzadas de las calles de la localidad cabecera de la comuna, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. La entrega de los fondos será efectuada por el Fisco dentro del plazo de 60 días a contar de la fecha de su percepción."
📜 Texto Legal Técnico
