Artículo UNICO
"Artículo único.- Condónanse las deudas contraídas con el Fisco por la Escuela N° 3 "Santa Teresita", de San Antonio, correspondientes a los empréstitos que le fueron otorgados por los decretos del Ministerio de Educación Pública N°s. 6.189, de 1959; 13.866, de 1959; 906, de 1960; 2.542, de 1960; 4.754, de 1960; 8.627, de 1960 y 2.845, de 1961, como asimismo, sus intereses, sanciones y multas. El gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará a los recursos de la ley N° 11.766, de 30 de Diciembre de 1954."
📜 Texto Legal Técnico
