Artículo 1
"Artículo único.- Modifícase el Decreto con Fuerza de Ley N° 338, de 6 de Abril de 1960, Estatuto Administrativo, en la forma que se indica: Agrégase, en el artículo 143, a continuación de la palabra "estadísticas", reemplazando el punto (.) por una (,), la frase "y los que laboran en el Subdepartamento de Dactiloscopía del Servicio de Registro Civil e Identificación"..".
📜 Texto Legal Técnico
